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Cataluña is diferent…

18/03/2010 16 comentarios

En todos lados cuecen habas, pero unos saben cocinarlas mejor que otros.

Los profesores catalanes han acudido hoy, 17 de marzo, a la huelga. El paro, convocado por la totalidad de los sindicatos catalanes con representación (USTEC, ASPEPC, CCOO, UGT y CGT) y apoyado por los sindicatos de estudiantes, ha sido seguido de forma masiva. En la manifestación de Barcelona, según datos de los convocantes, 50.000 personas han mostrado su rechazo, por cuarta vez en los últimos dos años, a la política del consejero de Educación Ernest Maragall.

El Decreto de Autonomía de los Centros es la causa principal que ha convocado a los manifestantes. Dicho decreto establece una amplia reforma del modelo de enseñanza catalán, que afecta gravemente a las condiciones profesionales de los docentes, así se reduce el número de departamentos con pérdida de la especialidad docente, se abre la posibilidad de que los profesores realicen tareas no estrictamente académicas, se otorga a los directores nuevas atribuciones como la capacidad de sanción o la de contratación de personal subalterno e interino y se dificulta la capacidad de sancionar al alumnado.

Las similitudes de este decreto con el ROC andaluz son enormes. La respuesta de nuestros colegas catalanes ha sido contundente y unitaria y desde luego dificultará y quizás detendrá el proceso de aprobación de la norma hoy cuestionada. En Andalucía, por contra, esa anhelada unidad sindical no existe. Por un lado, sindicatos como ccoo, que en Cataluña rechazan de plano una norma similar a nuestro ROC, aquí lo apoyan y lo defienden. Por otro, algunas formaciones como Ustea, que han mostrado claramente su desapego al nuevo reglamento de centros, no han considerado pertinente sumarse a las movilizaciones en marcha.

Ante una situación de la gravedad como la que afrontamos, se nos hace difícil entender que los sindicatos denominados representativos no aúnen sus esfuerzos para detener la amenaza del ROC.

Para una mayor información puedes leer el siguiente artículo del Secretario General de ASPEPC, Xavier Massó.

LOS MOTIVOS DE LA HUELGA

Mañana, 17 de marzo, tendrá lugar en Cataluña una huelga general de la enseñanza pública. Los motivos de dicha huelga, así como los antecedentes que nos han llevado a ella –la quinta en dos años-, son los siguientes.

La causa inmediata de la huelga está en el decreto de autonomía de centros que el Departamento de Educación tiene previsto que empiece a regir ya para el curso próximo. Hay también otras razones, como la orden de calendario, los criterios de confección de plantillas, el régimen de substituciones, la supresión, recientemente anunciada, de líneas de bachillerato en la pública –sin que medie falta de matrícula, todo lo contrario- y el previsto decreto de dirección de centros, todavía ígnoto, pero con suficientes filtraciones como para poder afirmar que es el correlato perfecto del de autonomía de centros.

El Decreto de Autonomía de centros. Consideraciones genéricas

En realidad, los 61 artículos, más disposiciones, que contiene el decreto, podrían perfectamente resumirse en un único artículo: “El director podrá disponer libremente según se le antoje, siempre y cuando cuente con la autorización de la Administración”.

Efectivamente, la figura de la dirección del centro, concebida como órgano unipersonal de gobierno dentro de la estructura de una Administración pública, se ve rebajada a la condición de capataz: podrá hacer lo que quiera, pero de acuerdo con los intereses y directrices de una Administración que tiene las manos libres para actuar instalada en la absoluta arbitrariedad. Y ésa es otra: la derogación de toda normativa anterior crea una situación de vacío legal en la cual la única normativa de referencia es el propio decreto. Dicho en otras palabras, si en un Estado de derecho, y más en la Administración pública, la autoridad está para aplicar la normativa, el marco legal establecido, y velar por su cumplimiento, aquí, en cambio, nos encontramos con el sorprendente hecho de que la autoridad se erige a si misma en ley.

El Decreto de Autonomía de centros significa tanto la desregulación de la propia idea de un sistema de enseñanza y de la propia noción de programa de estudios, como de las relaciones laborales y profesionales entre los docentes y la Administración.

Con independencia de la opinión que nos pueda merecer el concepto de “autonomía de centro” –respecto al cual somos muy críticos-, lo cierto es que lo que se está proponiendo no entra en ninguna de las acepciones que un término tan equívoco como el de “autonomía” pueda incorporar. Se trata más bien de autarquía por un lado y de autocracia por el otro.

El Decreto de Autonomía de centros. Concreciones

Cito a continuación los aspectos más lesivos, de entre los muchos contenidos el el decreto, para el profesorado y la estructura pública de enseñanza.

El proyecto educativo de centro, elaborado por la dirección, que marca la identidad del centro y es de obligada adscripción por parte del profesorado. Se trata tanto de adscripciones pedagógicas como ideológicas.

En función de dicho proyecto, y según sus contenidos, el currículum determinado por el programa de estudios podrá modificarse –según, se dice, de las características del centro, su entorno…-. Ello implica, explícitamente, tanto la posibilidad de cambiar de año o etapa las materias que se considere oportunas, como la modificación de sus créditos de asignación horaria. Asimismo, podrán encargase a los docentes tareas específicas, no necesariamente académicas y fuera del marco horario. La única cita a la especialidad del profesorado de secundaria es para decir que se trata de un estorbo, algo que hay que superar.

El mínimo de departamentos será de dos, y no necesariamente didácticos, determinados por el director. El único reducto que nos queda, la especialidad y los departamentos didácticos organizados por especialidades académicas, desaparecerá por completo de la mayoría de institutos. Es fácilmente pensable que en muchos centros haya sólo dos departamentos, uno pongamos de “actividades extraescolares” y otro de “orientación pedagógica”, y el resto de cargos y carguetes se distribuya entre amigos y amiguetes. Huelga comentar en qué medida esto afecta nuestras condiciones de trabajo y académicas.

El director podrá sancionar directamente al profesorado por faltas leves. Más allá de la aberración que esto supone, se da además el caso que la discrecionalidad va acompañada de la más absoluta aleatoriedad. Lo que en un centro pueda ser falta leve puede no serlo en otro. Y esto contrasta con el tema de sanciones al alumnado. Curiosamente, para poder expulsar, temporalmente, a un alumno del centro, será requisito indispensable el acuerdo y consentimiento de la familia. Una auténtica parodia grotesca.

El director nombrará directamente interinos y substitutos. Sin más. Se establece, además, una fase específica de concurso de traslados donde para poder acceder se deberá contar con el perfil adecuado que el director habrá “perfilado”. ¿Alguien se acuerda cuando en la Facultad veíamos el anuncio de oposiciones para un puesto y cuando, a la vista de los requisitos establecidos, alguien exclamaba: “¡coño, si es Fernández! . Pues eso.

Las juntas directivas contarán sólo con tres miembros, director, jefe de estudios y secretario. Los contenidos de los dos últimos no existen, los determinará el director. Hasta se admite –sin especificar en qué casos- que el director podrá asumir más de un cargo simultáneamente. Vamos camino de resolver de una vez el misterio de la Santísima Trinidad.

En lo que respecta a la gestión económica, aquí sí que desaparece toda referencia autocrática y nos quedamos en la pura y simple autarquía. El centro deberá generar, en gran medida, sus propios resursos y se le permite realizar operaciones de endeudamiento “temporal”. En la actualidad, con las asignaciones que aporta la Administración, podemos asegurar que hay centros que no saben qué hacer con tanto dinero como reciben y otros que, literalmente, no pueden pagar la luz.

Se establece un sistema de evaluación externa de los centros, cuyo correlato será un futuro decreto de evaluación del profesorado del cual dependerá el acceso a los “grados”, nueva denominación de los sexenios, con una nada desdeñable particularidad: de dicha evaluación dependerá que se doten dichos “grados” salariales. El que apruebe a todo el mundo, seguro que no tendrá problema. Pues bien, lo que anticipa el actual decreto es que la evaluación del centro –es decir, del proyecto educativo del director- dependerá luego la evaluación individual del profesorado.

Es obvio que las consecuencias de dicho decreto son todas ellas siniestras y altamente lesivas. Algunas de ellas nos parecen de dudosa legalidad, y nuestros servicios juríudicos, ciertamente, están en ello.

La huelga está convocada por las siguientes organizaciones sindicales, de mayor a menor: USTEC-STEs, CCOO, ASPEPC·SPS, UGT, CGT.

Extraído de http://piensa.org.es/